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D.S. 022-2001-SA en Perú: la constancia de saneamiento ambiental que debes entregar

Respuesta corta: en Perú, el D.S. 022-2001-SA obliga a las empresas de saneamiento ambiental a entregar una constancia del trabajo efectuado, con numeración correlativa y según el formato del Anexo 2, y a guardar copia y la ficha técnica de cada servicio por al menos 12 meses. La Ley 27269 da a la firma electrónica la misma validez que a la firma manuscrita.

Esta guía resume el Reglamento Sanitario para las actividades de Saneamiento Ambiental en Viviendas y Establecimientos Comerciales, Industriales y de Servicios (D.S. 022-2001-SA), con sus artículos. Revisado en octubre de 2026. El reglamento ha tenido modificaciones posteriores: confirma siempre el texto vigente y el formato del Anexo 2 con tu autoridad de salud.

En resumen

La constancia del trabajo efectuado (art. 20)

Al terminar el servicio, la empresa debe emitir una constancia del trabajo efectuado con el formato del Anexo 2 del reglamento. Según el artículo 20, la constancia tiene plena validez para acreditar el servicio ante cualquier autoridad, y ninguna autoridad puede exigir requisitos adicionales para que surta efecto. No es obligatoria para los servicios de limpieza de ambientes.

El artículo 30 indica que las constancias se numeran en forma correlativa y que solo deben incluir los datos previstos en el Anexo 2. Por eso, si generas la constancia desde un sistema, compara tu plantilla con el formato oficial.

Fichas técnicas y registros

El director técnico

La empresa debe contar con un director técnico ingeniero sanitario, ingeniero de higiene y seguridad industrial o ingeniero industrial, colegiado (art. 14). Es responsable del uso adecuado de las sustancias químicas y de la correcta ejecución de las técnicas (art. 15), y responde solidariamente con el administrador por la calidad sanitaria de los trabajos (art. 21).

¿Puede ser digital la constancia?

La Ley 27269, de Firmas y Certificados Digitales, reconoce a la firma electrónica la misma validez y eficacia jurídica que a la firma manuscrita (art. 1), y define la firma digital como una firma electrónica basada en criptografía asimétrica (art. 3). Como el reglamento exige el formato del Anexo 2, la versión digital debe respetar ese formato.

Preguntas frecuentes

¿Necesito autorización sanitaria para operar?

Según el texto original del reglamento (arts. 6 y 7), basta la inscripción en el RUC y la licencia municipal, y la empresa debe solicitar una inspección técnica a la autoridad de salud dentro de los 30 días de iniciar actividades. Confirma si alguna modificación posterior cambió este procedimiento.

¿Cuánto tiempo guardo las constancias?

Al menos 12 meses desde la fecha del servicio (art. 20).

¿Esta guía reemplaza una asesoría legal?

No. Resume la norma con fines informativos. Revisa siempre el texto vigente y consulta a tu autoridad de salud.

Fuentes oficiales

Cómo te ayuda Central MIP

En Perú, Central MIP genera la constancia del trabajo efectuado con el formato del Anexo 2 del D.S. 022-2001-SA y, además, el certificado del servicio para tu cliente. Ambos salen de la visita del técnico, con numeración correlativa y QR de validación, y quedan disponibles para tu cliente en su portal. Así tu registro y tu documento salen de la misma información, sin transcribir. Revisa cómo funciona en documentos y trazabilidad o en la página de Central MIP en tu país.

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